Antiguas compañías ferroviarias
				El interés de los médicos por cuestiones relacionadas con el 
				trabajo empezó a desarrollarse en España a finales del siglo 
				XVIII coincidiendo con la industrialización. En este campo 
				destacan los dictámenes que realizó la Academia Médico-Práctica 
				de Barcelona sobre varios sectores industriales, el impacto del 
				plomo en la salud de los trabajadores, el establecimiento de las 
				fábricas o algunos aspectos relativos a la industria del cáñamo. 
				
La Real Academia de Medicina de Barcelona continuó esta tarea 
				y, en la siguiente centuria, convocó diversos premios para 
				estudios que abordasen problemas relacionados con el trabajo, 
				especialmente con los relativos a cuestiones higiénicas y a la 
				insalubridad de las viviendas obreras.
				
Este interés se trasladaría a las revistas especializadas, 
				como La Salud o la Gaceta Médica Catalana, que con relativa 
				frecuencia publicaban estudios sobre patología laboral. 
En el caso de La Salud, cabe señalar que la revista contaba con una 
				sección denominada “La salud del proletariado” en la que se 
				trataban los temas de mayor interés en ese momento como eran la 
				nutrición del obrero y su familia, los accidentes laborales, las 
				normas de primeros auxilios, las condiciones de las viviendas y 
				temas puntuales sobre industrias concretas.
				
Ante este desarrollo de la medicina laboral las facultades de 
				medicina crearon las primeras cátedras de higiene industrial, 
				que posteriormente serían de medicina del trabajo y que darían 
				lugar a numerosas investigaciones y tesis doctorales sobre estos 
				temas.
				
Una de las primeras industrias que incorporó los servicios 
				médicos en su organización fue la ferroviaria. Fue un 
				requerimiento de las compañías ferroviarias, que se desarrolló 
				entre la segunda mitad del siglo XIX y principio del XX. 
				Dependiendo de los países, incluía algunas de las siguientes 
				actividades: medicina general para el personal; cirugía 
				traumatológica derivada de los accidentes ferroviarios; 
				seguridad e higiene en el trabajo; y medicina legal. De estas 
				funciones podemos derivar que los servicios médicos eran 
				fundamentales para las empresas por dos razones: en primer lugar, 
				porque la alta siniestralidad laboral daba lugar a un elevado 
				número de intervenciones sanitarias; y, como consecuencia, la 
				necesidad de gestionar el seguimiento de los heridos, las 
				reclamaciones surgidas por estos accidentes y las 
				certificaciones e informes que se desarrollaban, tanto en 
				relación con el personal de la compañía como entre los usuarios 
				de los servicios.
				
Por otro lado, estas empresas tenían unas plantillas de personal 
				muy elevadas y con dos condicionantes como eran la peligrosidad 
				en algunos de los trabajos y la dispersión geográfica de los 
				agentes. Por ello, era imprescindible contar con una 
				organización médica propia que les sirviera para prestar la 
				atención médica. Pero, sobre todo, para acometer la gestión 
				burocrática de las altas y bajas del personal, una de sus 
				preocupaciones constantes ya que decidieron controlar los casos 
				fraudulentos de las bajas y de las indemnizaciones. Todo esto 
				sin olvidar la necesidad de elaborar los informes y las 
				estadísticas médicas, y la gestión de las infecciones y 
				epidemias que en este ámbito y, hasta la segunda mitad del siglo 
				XIX, fueron una grave preocupación para las compañías 
				ferroviarias. 
				
En el año 1892 una memoria elaborada por Francisco de Paula Arró 
				i Triay, médico jefe del Servicio Sanitario de la Compañía de 
				Ferrocarriles de Tarragona a Barcelona y Francia (TBF), recogía 
				los pormenores de la actividad realizada por este servicio entre 
				1879 y 1885. La memoria se titulaba 
				
				Estadística Médica de la Compañía de los Ferrocarriles de 
				Tarragona a Barcelona y Francia correspondiente al septenio de 
				1879 a 1885.
				
Como se expone en el documento, el servicio estaba organizado 
				en un servicio central y tres secciones, que se correspondían 
				con las tres áreas de explotación de la compañía. Las secciones 
				eran, la línea de Tarragona, la línea del interior y la línea 
				del litoral. En el año 1886 había veinticuatro médicos, de los 
				cuales dos estaban en los servicios centrales y el resto se 
				encargaba de atender los servicios correspondientes a cada 
				sección. La extensión de cada partido médico estaba entre los 15 
				y los 30 kilómetros.
				
La sede central del Servicio Sanitario estaba situada en la 
				estación central de la compañía, en la barcelonesa calle Ocata. 
				En ella se estableció una enfermería, con una sala para el 
				dispensario médico quirúrgico al que concurrían los empleados. 
				La sala contaba con un armario dotado con una colección completa 
				de productos farmacéuticos, un depósito de material sanitario 
				para la reposición de botiquines y una oficina para las 
				gestiones administrativas.
				
TBF tenía dotación de botiquines ambulantes en todos los trenes 
				de pasajeros y mercancías, y, además, botiquines fijos y 
				camillas con mantas e impermeables en todas las estaciones.
				
La parte más importante de la memoria se centra en la 
				descripción de las patologías de los trabajadores. La incidencia 
				de morbilidad para el periodo 1875-1882 era de 3.260 casos de un 
				total de 14.315 trabajadores. Las categorías más afectadas eran 
				los mozos, brigadas, maquinistas y fogoneros. Las patologías más 
				frecuentes eran las de origen traumático, seguida de las 
				afecciones del aparato respiratorio y de las infecciones 
				digestivas.
				
En 1900 la Compañía de los Caminos de Hierro del Norte de España 
				(Norte) publicó la Instrucción General número 3 de la Dirección, 
				en la que se establecen las pautas para el Servicio Sanitario de 
				la compañía. La extensión de su red ferroviaria implicó que la 
				estructura del servicio fuera más compleja. La dirección del 
				servicio estaba a cargo del médico jefe, que era nombrado por la 
				dirección de la compañía y que tenía su sede en Madrid.
				
El jefe del servicio tenía a su cargo su inspección, tanto en lo 
				referente al cumplimiento de los deberes de los médicos de 
				sección, como en lo relativo a la buena conservación del 
				material sanitario. Era el encargado de la elaboración de 
				informes y estadísticas sanitarias, y de establecer e informar 
				sobre las medidas más convenientes para la salud e higiene del 
				personal.
				
El servicio se estructuraba en secciones médicas, cada una de 
				las cuales estaba a cargo de un médico que debía residir en 
				alguna de las ciudades importantes de la sección denominada «centro 
				de sección». En caso de que fuera necesario podía subdividirse y 
				contar con médicos auxiliares. En situaciones de urgencia, 
				accidentes o epidemias, se podía, además, establecer 
				colaboración con médicos de secciones fronterizas, e incluso con 
				médicos de la localidad que no tuvieran nada que ver con la 
				empresa.
				
El transporte por ferrocarril como servicio público comprende 
				algunas cuestiones relativas a la higiene general y la salud 
				pública, cuya competencia correspondía a la Administración del 
				Estado. 
				
En 1914 el Ministerio de la Gobernación aprueba por Real 
				Orden de 5 de febrero el Reglamento de los Servicios Higiénicos 
				de los Ferrocarriles, en el que se establecen todas las 
				instrucciones necesarias para la desinfección y control de los 
				espacios ferroviarios, tanto de las infraestructuras, como del 
				material rodante. En otro capítulo de este trabajo se ahondará 
				en las normas, pero en lo relativo a la organización el 
				reglamento establecía que los jefes de los servicios sanitarios 
				debían dar cuenta a la Inspección General de Sanidad Exterior, 
				dos veces al año, del estado de salubridad de sus líneas 
				respectivas, añadiendo a ello, “cuantos datos le sugiera su buen 
				celo, referentes a la morbosidad del personal, vigilancia que 
				han ejercido, y medidas higiénicas que han adoptado”.
				
Tres años más tarde, en 1917, el mismo Ministerio de 
				Gobernación aprobó el Reglamento de Sanidad Exterior. Un 
				reglamento que se había acordado a nivel internacional y 
				concordado con la Conferencia Sanitaria Internacional de París 
				de 1912. La sanidad exterior tenía por objeto impedir la 
				importación en territorio español de las enfermedades 
				contagiosas. El ministro de Gobernación, como responsable de la 
				sanidad nacional, era el encargado de dictar todas las 
				disposiciones para la defensa de la salud pública y el 
				desarrollo de los servicios sanitarios y el personal encargado 
				que formaba parte del Cuerpo de Sanidad Exterior.
				
Uno de los capítulos de este reglamento establecía la 
				normativa relacionada con los ferrocarriles, una trasposición de 
				la normativa que se había aprobado en 1914. Sin embargo, parece 
				que las compañías no tomaron suficientemente en serio las 
				prescripciones y por ello en varias ocasiones, 1918 y 1921, el 
				Inspector General de Sanidad tuvo que publicar nuevas órdenes 
				sobre el servicio sanitario en los ferrocarriles para que todas 
				las autoridades sanitarias cumplieran las normas para asegurar 
				la conservación de la salud pública.
				
Es probable que esto dispusiera la siguiente reglamentación. 
				En 1925 una Real Orden aprobó el 
				
				Reglamento sanitario de vías férreas que establecía 
				que los directores de Sanidad de las estaciones sanitarias 
				terrestres eran las autoridades pertinentes en cuanto a Sanidad 
				Exterior. La Dirección General de Sanidad, por intermedio de la 
				Inspección General de sanidad exterior, era la encargada de la 
				inspección y dirección de los servicios sanitarios de vías 
				férreas. Su función fundamental concernía a la inspección y 
				reglamentación de todo aquello que estuviera en relación con el 
				tratamiento de las epidemias e infecciones que se produjeran y 
				por extensión a las instalaciones y el material ferroviario.
				
El documento indicaba que los servicios sanitarios de las 
				compañías de ferrocarriles debían dividirse en dos ramas, 
				clínica e higiénica, debiendo contar cada una de ellas, a las 
				órdenes del jefe médico superior, con el personal especializado, 
				tanto facultativo como auxiliar. Esta estructura debía recogerse 
				en los reglamentos sanitarios de régimen interior y debían 
				aprobarse por la Dirección General de Sanidad.
				
Los jefes de los servicios sanitarios debían tener 
				comunicación continua con la Dirección General de Sanidad, 
				comunicando el estado de salubridad de sus líneas o cualquier 
				dato que afectara a la salud pública. En caso de que fuera 
				necesario las autoridades sanitarias jurisdiccionales podían 
				sancionar a las compañías por el incumplimiento de las normas 
				sanitarias e incluso adoptar las medidas que consideraran 
				necesarias.
				
A la luz de este reglamento la Compañía de los Ferrocarriles 
				de Madrid a Zaragoza y a Alicante (MZA) estableció en 1926 su 
				
				
				Reglamento de los Servicios Sanitarios de la Compañía. 
				Los servicios se establecían para las dos redes en las que tenía 
				dividida la explotación MZA -Red Antigua y Red Catalana-. Cada 
				una de ellas estaba a cargo de un médico jefe que dependía, a su 
				vez, de la Dirección General de la compañía y estaban en 
				contacto con los jefes de los diferentes servicios para la 
				resolución de temas sanitarios. Eran encargados de todos los 
				aspectos relacionados con el personal ferroviario, 
				certificaciones de bajas y altas, certificados de ingreso en la 
				compañía, atención primaria de los agentes. Estaban en continuo 
				contacto con la Dirección General de Sanidad para informar de 
				todos los aspectos relativos a la salubridad en a red, a la 
				morbilidad del personal y las medidas higiénicas adoptadas.
				
El servicio se dividía en dos secciones, una de Higiene 
				Nacional y otra de Clínica e higiene especial. 
				
La sección de Higiene General se dividía en dos servicios 
				centrales, uno ubicado en Madrid para la red antigua, y otro en 
				Barcelona para la red catalana. Cada una de ellas era la 
				encargada de las prácticas sanitarias de desinsectación y 
				desinfección del material móvil y de las instalaciones fijas. 
				Eran los encargados de las inspecciones del estado de higiene, y 
				por extensión de redactar las instrucciones necesarias para las 
				prácticas higiénicas. También tenían a su cargo la inspección y 
				mantenimiento del material sanitario.
				
						
Por su lado, la rama clínica estaba organizada en secciones, 
				que constituían demarcaciones territoriales en las cuales 
				existían un equipo médico y auxiliares sanitarios. En este caso 
				sus atribuciones estaban relacionadas con la atención médica al 
				personal de su sección e incluso a las secciones limítrofes si 
				eran requeridos. Eran los encargados de atender a los heridos en 
				accidentes y de verificar la inspección médica de los empleados 
				de baja. Estaban obligados a prestar consulta facultativa a los 
				empleados.
				
La rama higiénica especial de las secciones era la encargada de 
				las medidas profilácticas, y la atención en caso de enfermedades 
				infectocontagiosas como el cólera, la peste y fiebre amarilla, 
				fiebres tifoideas o el paludismo. Eran los encargados de revisar 
				los botiquines y las instalaciones fijas y procurar que estos 
				contaran con los medios necesarios.
				
También la 
				
				Compañía de los Ferrocarriles Andaluces contaba en su 
				organigrama con un Servicio Sanitario que tenía una estructura 
				similar a las compañías ya mencionadas. La dirección del 
				servicio estaba a cargo del Médico Jefe que era el interlocutor 
				con la dirección de la compañía y los servicios de la misma. A 
				sus órdenes estaba el médico sub-jefe o médico principal que 
				tendría las siguientes atribuciones: la dirección de la oficina 
				central en Málaga para atender en consulta al personal enfermo y 
				encargarse de las bajas y altas por enfermedad. Como responsable 
				de la oficina central lo era también del almacén de medicamentos 
				y efectos sanitarios y, por tanto, de hacer los pedidos y de 
				inspeccionar los botiquines y otras instalaciones.
				
A diferencia de los otros reglamentos en este se hace mención a la existencia en las dependencias de otras categorías profesionales, en este caso los practicantes, cuya misión era hacer guardias en los talleres para prestar cualquier servicio en el caso de agentes heridos o atender a la llegada de los trenes correo a los agentes y viajeros que lo necesitaran.



